Declaración de Impuestos Estatales
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Pasos para la Declaración
de Impuestos Estatales
Requisitos
Proceso
Registros
Alcance del Servicio
Requisitos
- ¿Qué impuestos puedo
declarar usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
Usted puede realizar el pago de los siguientes
impuestos estatales:
- Impuesto sobre Nómina Agrícola.
- Impuesto sobre Nómina Empresarial.
- Impuesto sobre Hospedaje.
Arriba
- ¿Cómo puedo saber si
puedo declarar mis impuestos estatales usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
Para que usted pueda pagar sus impuestos
estatales usando el portal de Internet, es necesario que usted:
- Sea contribuyente registrado con obligaciones
en relación al Impuesto sobre Nómina o Impuesto sobre Hospedaje.
- Cuente con su Clave Única de Contribuyente
(CUC) y contraseña.
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- ¿Quiénes pueden pagar
sus impuestos estatales usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
Todos los contribuyentes del Impuesto
sobre Nómina o Impuesto sobre Hospedaje que se encuentran registrados con obligación de pagar y que
cuentan con su Clave Única de Contribuyente y Contraseña.
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- ¿Qué necesito tener
para declarar mis impuestos estatales usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
- Tener una tarjeta de crédito válida Visa o
MasterCard o tener una cuenta de Banca Electrónica de BBVA-Bancomer.
- Un navegador de Internet como Netscape versión 4.07
o superior o Internet Explorer versión 4.0 o superior.
- Tener la obligación del pago de los impuestos estatales
correspondientes.
- Tener su Clave Única de Contribuyente (CUC) y su
contraseña.
- Determinar el periodo a pagar.
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- ¿Cuánto costará
declarar mis impuestos estatales usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
El proceso de declaración de impuestos
estatales en línea no tiene costo adicional, usted sólo tiene que pagar el monto correspondiente
a las características de su declaración.
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- ¿Cuáles son los plazos
que tengo para pagar mis impuestos estatales?
Las fechas de vencimiento difieren dependiendo
del impuesto, como se muestra a continuación:
- En el caso de los Impuestos sobre Nómina:
- En el pago bimestral, la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes pasando el bimestre.
- En el pago trimestral, la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes pasando el trimestre.
- En el caso de los Impuestos sobre Hospedaje:
- El pago es mensual y la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes.
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- ¿Puedo realizar el pago de
la declaración de mi último periodo si no he pagado el anterior usando el portal del Gobierno del
Estado de Sinaloa?
Usted puede pagar cualquier periodo que desee,
ya sean vencidos o al corriente.
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Proceso
- ¿Cuáles son las formas
de pago disponibles al usar el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
Usted puede pagar con:
- Con tarjeta de crédito Visa o MasterCard expedida
por cualquier banco.
- Si usted es cliente de Banca Electrónica de BBVA-Bancomer
puede pagar con un cheque en línea.
- Con recibo preelaborado proporcionado por este medio presentado
en una ventanilla de uno de los bancos autorizados, como BBVA-Bancomer, Scotiabank Inverlat o HSBC.
Arriba
- ¿Qué formas de pago
en línea son aceptadas?
Usted puede pagar con una tarjeta de crédito
Visa o MasterCard o si usted es cliente de Banca Electrónica de BBVA-Bancomer puede pagar con un cheque
en línea.
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- ¿Cuál es la diferencia
entre declarar mis impuestos estatales usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa y hacerlo
en persona en la oficina de la Recaudación Regional de Rentas que me corresponda?
- La conveniencia de hacer el pago por Internet de una forma
rápida y segura.
- Se evitará las largas filas en la Recaudación
Regional de Rentas.
- La comodidad de realizar el pago a la hora que desee.
Arriba
- ¿Qué puedo hacer si
no tengo Tarjeta de Crédito?
Si no cuenta con Tarjeta de Crédito, usted puede declarar sus impuestos estatales por Internet e imprimir
un recibo preelaborado el cual podrá pagar en una ventanilla de cualquier banco autorizado, como BBVA-Bancomer,
Scotiabank Inverlat o HSBC.
Arriba
- ¿Cuánto tiempo va a
tardar en aplicarse mi pago de impuestos?
- En el caso de pago con tarjeta de crédito o cheque
de la Banca electrónica de BBVA-Bancomer, el pago se realiza inmediatamente por lo que usted puede imprimir
su recibo oficial inmediatamente después de que realice el trámite.
- En el caso de pago con recibo preelaborado en ventanilla
bancaria, debe esperar 5 días después de que presentó en la ventanilla de cualquier banco
autorizado el pago ya que es el tiempo en que el banco tarda en informar sobre el pago.
Arriba
- ¿Cuál es la vigencia
del recibo preelaborado?
La vigencia del recibo dependerá de las
fechas de vencimiento según el impuesto, como se marca a continuación:
- En el caso de los Impuestos sobre Nómina Empresarial:
- En el pago bimestral, la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes pasando el bimestre.
- En el pago trimestral, la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes pasando el trimestre.
- En el caso de los Impuestos sobre Nómina Agrícola:
- El pago es mensual por lo que la fecha de vencimiento es
el día 17 del siguiente mes.
- En el caso de los Impuestos sobre Hospedaje:
- El pago es mensual y la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes.
Arriba
- ¿Cuánto tiempo debo
esperar después de pagar en ventanilla bancaria con recibo preelaborado para obtener mi recibo oficial de
pago?
En el momento en que usted pague en cualquier ventanilla de un banco autorizado y obtenga el recibo preelaborado
con el sello y la firma del cajero, ese recibo se convierte en su recibo oficial de pago.
- ¿Es el recibo preelaborado
un recibo oficial que avala mi pago de impuestos?
En el momento en que usted pague en cualquier ventanilla de un banco autorizado y obtenga el recibo preelaborado
con el sello y la firma del cajero, ese recibo se convierte en su recibo oficial de pago.
Arriba
- ¿Qué
puedo hacer si extravié mi recibo preelaborado pagado y deseo obtener un recibo oficial de mi pago?
Es necesario que usted acuda a la
oficina de la Recaudación Regional de Rentas que le corresponde para que le expidan una copia del comprobante
de pago.
Arriba
- ¿Qué puedo hacer si
extravié mi recibo preelaborado y todavía no había pagado?
Usted puede entrar de nuevo al portal de Internet
de Gobierno del Estado de Sinaloa, declarar de nuevo sus impuestos estatales e imprimir un nuevo recibo preelaborado.
Arriba
- ¿A quién me puedo
dirigir si tengo alguna duda en cuanto al uso del sistema?
Puede solicitar informes al teléfono (667)
758 7000 ext. 2125 o enviar un correo a [email protected] .
Arriba
- ¿Qué debo hacer si
extravié mi clave única de contribuyente y contraseña?
Puede llamar al teléfono (667) 758 7000
ext. 2125 para solicitar la reposición de su Clave Única de Contribuyente y contraseña o solicitarla
a este correo electrónico [email protected] .
Arriba
- ¿Qué debo hacer si
no recibí mi clave única de contribuyente?
Puede llamar al teléfono (667) 758 7000
ext. 2125 para solicitar su Clave Única de Contribuyente (CUC) y contraseña o acudir a la Recaudación
Regional de Rentas que le corresponde donde se las proporcionarán despúes de una validación
de datos.
Arriba
- ¿Puedo realizar pagos atrasados
usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
Usted puede realizar pagos atrasados por este
medio, sólo debe calcular el importe de los recargos. Los recargos fiscales se generan del impuesto a pagar
por el 3% mensual a partir de su vencimiento. Este porcentaje se incrementa en un 3% cada mes después del
vencimiento.
Arriba
- ¿Puedo obtener descuentos
en las multas de pagos atrasados usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
Para solicitar un descuento es necesario que acuda a la oficina de la Recaudación Regional de Rentas que
le corresponda para verificar si es posible que le apliquen un descuento en las multas que usted tenga.
Arriba
- ¿Cuántos tantos debo
imprimir si deseo pagar con recibo preelaborado?
Debe imprimir 3 recibos preelaborados, ya que
uno se queda el banco con él, otro lo envía a la Recaudación Regional de Rentas correspondiente
y el otro es para usted.
Arriba
- ¿Puedo realizar mi inscripción
o alta al padrón de contribuyentes usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
El portal de Internet de Gobierno del Estado de Sinaloa es exclusivamente
para realizar pagos sobre los impuestos estatales, si usted desea realizar una alta debe acudir a la Recaudación
Regional de Rentas que le corresponda.
Arriba
- ¿Puedo realizar la suspensión
de mi registro o la baja de establecimiento usando el portal de Internet del Gobierno del Estado?
El portal de Internet de Gobierno del Estado de
Sinaloa es exclusivamente para realizar pagos sobre los impuestos estatales, si usted desea realizar la suspensión
de su registro o una baja de establecimiento debe acudir a la Recaudación Regional de Rentas que le corresponda.
Arriba
- ¿Puedo realizar un cambio
de domicilio, actividad o RFC usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
El portal de Internet de Gobierno del Estado de
Sinaloa es exclusivamente para realizar pagos sobre los impuestos estatales, si usted desea realizar un cambio
en su inscripción debe acudir a la Recaudación Regional de Rentas que le corresponda.
Arriba
- ¿Puedo realizar el pago de
un periodo después de su vencimiento usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
Usted puede realizar pagos atrasados por este
medio solo debe calcular el importe de los recargos. Los recargos fiscales se generan del impuesto a pagar por
el 3% mensual a partir de su vencimiento. Este porcentaje se incrementa en un 3% cada mes después del vencimiento.
Arriba
- ¿A dónde puedo acudir
para reclamar mi pago, en caso de que no aparezca el pago procesado en mi registro?
Deberá acudir a la Recaudación Regional
de Rentas que le corresponda, llevando su recibo oficial pagado.
Arriba
- ¿Puedo pagar mis impuestos
en la Recaudación Regional de Rentas o en el banco, si ya utilice el portal de Internet del Gobierno del
Estado de Sinaloa?
Usted puede utilizar el portal de Internet del
Gobierno del Estado si lo desea para el pago de impuestos, o puede realizarlo en la Recaudación Regional
de Rentas que le corresponda.
Arriba
- ¿Puedo seguir usando el mismo
formato para presentar la declaración de mis impuestos ya sea en la Recaudación Regional de Rentas
o en ventanilla bancaria?
Si usted desea seguir utilizando el mismo formato
y pagar en la Recaudación Regional de Rentas que le corresponda o en ventanilla de los bancos autorizados,
puede seguir haciéndolo. El servicio que presta este medio no suple el que ya se tiene anteriormente, solo
es una opción más que usted tiene para facilitarle sus trámites ante el Gobierno del Estado
de Sinaloa.
Arriba
- ¿Puedo presentar en $0.00
la declaración de mis impuestos usando el portal de Internet del Gobierno del Estado de Sinaloa?
Usted puede presentar en $0.00 cualquier declaración
por este medio, según sea su situación. Sólo es necesario que como forma de pago escoja "Pago
Electrónico" y el sistema le mostrará el recibo de pago correspondiente.
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Registros
- ¿Qué necesito para
darme de alta?
Usted requiere presentar en la Recaudación
Regional de Rentas que le corresponda lo siguiente, en plazo menor a 10 días hábiles a partir de
la fecha del alta en Hacienda:
- En el caso de los Impuestos sobre Nómina:
- Formulario único de registro de impuestos estatales
en original y tres copias.
- 1 copia del alta de Hacienda.
- 1 copia del alta en el IMSS.
- En el caso de los Impuestos sobre Hospedaje:
- Formulario único de registro de impuestos estatales
en original y tres copias.
- 1 copia del alta de Hacienda.
Arriba
- ¿Qué necesito para
realizar una modificación de domicilio, actividad o RFC?
Usted requiere presentar en la Recaudación Regional de Rentas que le corresponda lo siguiente, en plazo
menor a 10 días hábiles a partir de la fecha de la modificación en Hacienda:
- En el caso de los Impuestos sobre Nómina:
- Formulario único de registro de impuestos estatales
en original y 1 copia.
- 1 copia del cambio en Hacienda.
- 1 copia del cambio en el IMSS.
- En el caso de los Impuestos sobre Hospedaje:
- Formulario único de registro de impuestos estatales
en original y 1 copia.
- 1 copia del cambio en Hacienda.
Arriba
- ¿Qué necesito para
realizar la baja de establecimiento?
Usted requiere presentar en la Recaudación
Regional de Rentas que le corresponda lo siguiente, en plazo menor a 10 días hábiles a partir de
la fecha de la baja en Hacienda:
- En el caso de los Impuestos sobre Nómina:
- Formulario único de registro de impuestos estatales
en original y 1 copia.
- 1 copia de la baja de trabajadores o patronal del IMSS.
- En el caso de los Impuestos sobre Hospedaje:
- Formulario único de registro de impuestos estatales
en original y 1 copia.
- 1 copia de la baja en Hacienda.
Arriba
- ¿Qué necesito para
realizar la suspensión de mi registro?
Usted requiere presentar en la Recaudación
Regional de Rentas un aviso de suspensión a través del formulario único de registro de impuestos
estatales.
Arriba
- ¿Qué plazo tengo para
presentar una modificación de mi domicilio o baja de establecimiento en la Recaudación Regional de
Rentas que me corresponda?
- En el caso de los Impuestos sobre Nómina:
- 10 días hábiles después del movimiento
realizado en el IMSS.
- En el caso de Impuestos sobre Hospedaje:
- 10 días hábiles después del movimiento
realizado en Hacienda.
Arriba
- ¿Qué cargo adicional
tiene si realice una modificación o una baja de establecimiento y se pasa del plazo correspondiente?
El cargo adicional que se le asigna por presentar
una modificación o baja de establecimiento ante la Recaudación Regional de Rentas es el importe al
equivalente a 10 salarios mínimos, donde el salario mínimo es el vigente a esa fecha.
Arriba
- ¿Puedo realizar mi registro
o alta si no tengo el registro patronal del IMSS?
Debido a que el registro patronal del IMSS
es parte de las obligaciones que deben cumplirse previo al registro del Impuesto sobre Nómina, no es posible
realizar registros o altas si se carece del registro patronal del IMSS. Este registro permite determinar a partir
de que fecha nacen las obligaciones de pagar y el otorgamiento del año de gracia.
Arriba
- ¿Cuáles son las fechas
de vencimiento de los impuestos estatales?
Las fechas de vencimiento difieren dependiendo
del impuesto, como se muestra a continuación:
- En el caso de los Impuestos sobre Nómina:
- En el pago bimestral, la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes pasando el bimestre.
- En el pago trimestral, la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes pasando el trimestre.
- En el caso de los Impuestos sobre Hospedaje:
- El pago es mensual y la fecha de vencimiento es el día
17 del siguiente mes.
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Alcance del Servicio
- ¿Qué debo hacer si el
lugar donde vivo no está incluido en el alcance del servicio para tramitar el pago en línea de mis
impuestos estatales?
Por el momento, este servicio deberá realizarlo
en la oficina de la Recaudación Regional de Rentas que le corresponde. Y posteriormente se le informará
cuando se incluirá el servicio para su localidad.
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